¿Que es el Rut?
RUT significa Registro Único Tributario. Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio; los responsables del régimen común y los pertenecientes al régimen simplificado; los agentes retenedores; los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros, y los demás sujetos de obligaciones administradas por la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, respecto de los cuales esta requiera su inscripción.
¿Que es Dian y a que se dedica?
La DIAN es la entidad encargada de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarías en Colombia. Facilita las operaciones de comercio nacional e internacional. Se constituyó como Unidad Administrativa Especial, mediante Decreto 2117 de 1992.Hay ciertos temas que son fundamentales dentro de un estado, entre ellos los impuestos y la aduana. Para tratarlos el gobierno colombiano ha creado una institución especializada de la que hablaremos hoy en este artículo: La DIAN. El objetivo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es ayudar a garantizar la fiscal de estado colombiano y proteger el orden económico publico nacional, para lo cual se encarga de administrar y controlar las obligaciones tributarias, aduaneras, cambiarías, los derechos de explotación y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar.
¿Para que sirve RUT?
El RUT sirve para avalar e identificar la actividad económica ante terceros con quienes sostenga una relación comercial, laboral o económica en general y ante los diferentes entes de supervisión y control, a su vez, este documento le señala sus obligaciones frente al Estado Colombiano.
A su vez, le permite a la DIAN contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable de todos los sujetos obligados a inscribirse en el mismo, para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que a su vez facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarías así como la simplificación de trámites y reducción de costos.
¿Ante que se Trasmite?
Es por eso que el Gobierno Nacional ya dio la directriz para que se ponga en marcha el plan de ajuste tecnológico que permita tal trámite.
Y es que hasta la fecha señalada las personas naturales y/o jurídicas no responsables del impuesto sobre las ventas del régimen común y que adicionalmente no sean importadores o exportadores, no podrán tramitar la inscripción del RUT ante el ente gremial, sino en el Departamento de Impuestos y Aduana Nacionales, DIAN, dado que la Cámara de Comercio adelanta los ajustes operativos para dar cumplimiento al decreto 2820 del 9 de agosto de 2011, emitido por el Gobierno Central.
“Con la anterior medida se busca implementar los nuevos aplicativos tecnológicos y capacitar a los funcionarios responsables, frente a los procedimientos requeridos para cumplir con la norma y para seguir con el servicio de trámite del RUT a través de la Cámara de Comercio, al momento de realizar una matrícula en el registro mercantil.
“Estos aspectos son indispensables para garantizar la confiabilidad y seguridad en el trámite de inscripción, actualización, suspensión y cancelación del RUT”, explicó Pilar Contreras, presidenta ejecutiva de la Cámara de Comercio de Barrancabermeja.
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